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¿De cuánto es la multa por estacionarse en un lugar prohibido en el Edomex?

El Reglamento de Tránsito del Edomex establece cuáles son los lugares prohibidos para estacionarse y de cuánto es la multa por no respetar la ley.

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El Reglamento de Tránsito del Edomex establece las multas por estacionarse en un lugar prohibido.Créditos: Gobierno de Ecatepec

Si no quieres recibir una infracción por estacionar tu vehículo en un lugar indebido, te decimos cuáles son los sitios en los que está prohibido estacionarse y de cuánto es la multa por no cumplir con el Reglamento de Tránsito en el Estado de México.

Recuerda que la única autoridad facultada para levantar infracciones de tránsito en el Edomex son las agentes de la Policía de Tránsito de la Secretaría de Seguridad mexiquense, quienes se distinguen por portar uniforme negro con distintivos en color rosa.

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¿Cuál es la multa por estacionarse mal en el Edomex?

  • Por estacionarse en banquetas, camellones o andadores: 542.85 pesos
  • Por obstruir señales de tránsito al estacionarse: 542.85 pesos
  • Por estacionarse en lugares prohibidos: 2 mil 171.40 pesos
  • Por estacionarse a más de 30 centímetros de la acera: 2 mil 171.40 pesos
  • Por estacionarse en doble fila: 2 mil 171.40 pesos
  • Por estacionarse en carreteras o vialidades de circulación continua: 2 mil 171.40 pesos
  • Por estacionarse frente al acceso vehicular de un domicilio particular que no sea el propio: 2 mil 171.40 pesos
  • Por estacionarse en sentido contrario: 2 mil 171.40 pesos
Conduce con precaución y evita multas. Foto: Gobierno del Edomex

Lista de lugares en los que está prohibido estacionarse en el Edomex

El Reglamento de Tránsito del Edomex establece cuáles son los lugares en los que está prohibido estacionarse:

  • En la entrada o salida de hospitales, estaciones de bomberos o de policía, instalaciones del Ejército o terminales de autobuses
  • En los carriles reservados para transporte público, como el Mexibús
  • Sobre la banqueta, camellones o andadores
  • Frente a las rampas para personas con discapacidad
  • En doble fila
  • E carreteras y avenidas que sean de circulación continua 
  • A menos de cinco metros de las vías del tren
  • Frente al estacionamiento de bancos
  • En zonas de carga y descarga