BIENESTAR EDOMEX

¿Qué actividades comunitarias son obligatorias para las despensas de Alimentación para el Bienestar EDOMEX?

Este es un requisito que deben aceptar las mexiquenses para acceder al apoyo de despensas gratuitas de Alimentación para el Bienestar.

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Este es un requisito para acceder a las despensas de Alimentación para el Bienestar.Créditos: Secretaría del Bienestar.

El programa de Alimentación para el Bienestar en el Estado de México entrega despensas a mujeres de 50 a 64 años, quienes se deben comprometer a participar en actividades comunitarias para poder seguir recibiendo el apoyo, ¿en qué consisten?

La Secretaría de Bienestar del Edomex establece los requisitos que las mexiquenses deben cumplir para acceder al apoyo de este programa como es el rango de edad o las condiciones socioeconómicas, pero también, los compromisos que aceptan al momento de inscribirse.

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¿Qué son las actividades comunitarias del programa Alimentación para el Bienestar Edomex 2025?

Las actividades para el bienestar son actividades comunitarias, pláticas, capacitaciones y otras autorizadas por el Comité en las que participan las beneficiarias del Programa con el fin de promover condiciones para el bienestar social, según se establece en las reglas del programa.

De hecho, quienes realicen su tramite de permanencia a Alimentación para el Bienestar tienen que descargar el formato de “Compromiso para participar en actividades comunitarias”, ya que es un requisito indispensable para formar parte del apoyo.

Además, se establece que una causa de baja del programa es no requisitar el formato o no participar en las actividades comunitarias.

Formato de compromiso para participar en actividades comunitarias. FOTO: Especial. 

¿Qué otros motivos pueden quitarte el apoyo de Alimentación para el Bienestar Edomex 2025?

Existen diferentes motivos que pueden provocar la suspensión o cancelación definitiva del apoyo de Alimentación para el Bienestar. En las reglas de operación, se establece que las causas de baja son:

  • Proporcionar información socioeconómica falsa para su incorporación al Programa;
  •  Cambiar de domicilio fuera del Estado de México;
  • Renunciar de manera voluntaria;
  • Por fallecimiento;
  • No acudir a recoger el medio de entrega, sin causa justificada.
  • Transferir, vender, prestar, permutar, modificar o alterar en su estructura el medio de entrega;
  • No acudir a recoger su apoyo en dos ocasiones consecutivas;
  • Por haber cumplido 65 años de edad;
  •  Realizar actos de proselitismo con los apoyos del Programa en favor de una persona postulante a un cargo de elección popular.
  • Ser beneficiaria de otro programa social que otorgue apoyo alimentario.